Contenidos de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS JIMÉNEZ ARRANZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) JIMÉNEZ INMOBILIARIA SOL-PUIG, S.L.U. Y JOSÉ LUIS JIMÉNEZ, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS) del 20100610
- FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS JIMÉNEZ ARRANZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) JIMÉNEZ INMOBILIARIA SOL-PUIG, S.L.U. Y JOSÉ LUIS JIMÉNEZ, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
- Orden del día 20100610
- Datos oficiales anuncio 45753
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Orden del día: 10 junio, 2010
Anuncio de fusión por absorción.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "Ley"), se hace público que, con fecha 25 de mayo de 2010, la totalidad de los socios titulares del 100% del capital social de Jiménez Arranz, S.L. constituidos en Junta General Universal, así como el Socio Único de José Luis Jiménez, S.L.U., acordaron la fusión por absorción entre Jiménez Arranz, S.L. (Sociedad Absorbente) y Jiménez Inmobiliaria Sol-Puig, S.L.U. y José Luis Jiménez, S.L.U. (Sociedades Absorbidas) con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque y a título universal de la totalidad de los derechos y obligaciones que componen su patrimonio íntegro a la Sociedad Absorbente. No se sometió la operación de fusión a la aprobación por parte del Socio Único de Jiménez Inmobiliaria Sol-Puig, S.L.U., en virtud del artículo 49.1.4.º de la Ley.
La fusión fue aprobada en los términos que constan en los acuerdos de fusión adoptados, aprobándose a tal fin los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2009. Según los acuerdos adoptados, la fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2010.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 42 de la Ley, no se procedió a suscribir Proyecto de Fusión.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
El Puig de Santa María (Valencia), 26 de mayo de 2010.- D. José Luis Jiménez Jiménez, Administrador Solidario y Administrador Único de Jiménez Arranz, S.L., y José Luis Jiménez, S.L.U., respectivamente y representante persona física de Jiménez Arranz, S.L., Administrador Único de Jiménez Inmobiliaria Sol-Puig, S.L.U.
Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
JIMÉNEZ ARRANZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) JIMÉNEZ INMOBILIARIA SOL-PUIG, S.L.U. Y JOSÉ LUIS JIMÉNEZ, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)
"JIMÉNEZ ARRANZ, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) JIMÉNEZ INMOBILIARIA SOL-PUIG, S.L.U. Y JOSÉ LUIS JIMÉNEZ, S.L.U. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2010-20408 publicado el
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil