FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de INVERSIONS PATRIMONIALS FCCM, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TASMISU, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de INVERSIONS PATRIMONIALS FCCM, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TASMISU, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 28 septiembre, 2016

En cumplimiento del art. 43 de la Ley 3/2009, se hace público que los socios reunidos en Junta General Extraordinaria y Universal de INVERSIONS PATRIMONIALS FCCM, S.L. (sociedad absorbente), celebrada el pasado 30 de junio de 2016, que es a su vez el socio único de TASMISU, S.A.U. (sociedad absorbida), acordaron por unanimidad, por el procedimiento previsto en el art. 42 de la citada Ley, la fusión por absorción mediante la integración de todo el patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la absorbente, quien adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a fecha 31 de diciembre de 2015.


Orden del día: 28 septiembre, 2016

En cumplimiento del art. 43 de la Ley 3/2009, se hace público que los socios reunidos en Junta General Extraordinaria y Universal de INVERSIONS PATRIMONIALS FCCM, S.L. (sociedad absorbente), celebrada el pasado 30 de junio de 2016, que es a su vez el socio único de TASMISU, S.A.U. (sociedad absorbida), acordaron por unanimidad, por el procedimiento previsto en el art. 42 de la citada Ley, la fusión por absorción mediante la integración de todo el patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la absorbente, quien adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a fecha 31 de diciembre de 2015.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida esta íntegramente participada por la sociedad absorbente y, de conformidad al artículo 49.1 de la Ley 3/2009, no procede establecer tipo de canje ni ampliar el capital de la sociedad absorbente, ni tampoco la aprobación de la fusión por parte de la sociedad absorbida. La fusión produce efectos contables a partir del día 1 de julio 2016.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener, en los domicilios sociales de las mismas, el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del acuerdo de fusión en los términos previstos en el art. 44 de la Ley 3/2009.

Barcelona, 16 de septiembre de 2016.- Los Administradores únicos de Inversions Patrimonials FCCM, S.L., y Tasmisu, S.A.U.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

INVERSIONS PATRIMONIALS FCCM, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TASMISU, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"INVERSIONS PATRIMONIALS FCCM, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) TASMISU, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2016-8785 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2016-8785
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20160928
Fecha última actualizacion: 28 septiembre, 2016
Numero BORME 186
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A160067272
ID del anuncio: A160067272
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 10174
Pagina final: 10174



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