FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de INVERSIONES HIPOTECARIAS MEDITERRANEAS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) MEYLAN BEACH, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de INVERSIONES HIPOTECARIAS MEDITERRANEAS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) MEYLAN BEACH, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 9 octubre, 2023

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que los socios de la mercantil INVERSIONES HIPOTECARIAS MEDITERRÁNEAS, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), así como los socios de la mercantil MEYLAN BEACH, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), constituidos en Junta General en fecha 16 de junio del 2023, han aprobado la fusión por absorción de las mencionadas sociedades, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado y formulado por los respectivos órganos de Administración.


Orden del día: 9 octubre, 2023

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que los socios de la mercantil INVERSIONES HIPOTECARIAS MEDITERRÁNEAS, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), así como los socios de la mercantil MEYLAN BEACH, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), constituidos en Junta General en fecha 16 de junio del 2023, han aprobado la fusión por absorción de las mencionadas sociedades, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado y formulado por los respectivos órganos de Administración.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, adquiriendo esta última, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las Sociedad Absorbida, que quedará disuelta sin liquidación como consecuencia de la fusión, circunstancia que conllevará la extinción de las misma.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en al artículo 42 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de los administradores sobre aquel.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades Fusionadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Fusionadas de oponerse a la fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 4 de octubre de 2023.- Administrador único, Felix Marín García.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

INVERSIONES HIPOTECARIAS MEDITERRANEAS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) MEYLAN BEACH, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"INVERSIONES HIPOTECARIAS MEDITERRANEAS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE) MEYLAN BEACH, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2023-6038 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2023-6038
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