FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de FUGARI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) AUGUSTA QUINCE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de FUGARI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) AUGUSTA QUINCE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 6 marzo, 2023

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 14 de febrero de 2023, los socios de Fugari, SL (Sociedad absorbente), en ejercicio de las competencias propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, reunida en el domicilio social, ha aprobado la fusión por absorción de la sociedad Fugari, SL (sociedad absorbente) con la sociedad Augusta Quince, SLU (sociedad absorbida) sobre la base del proyecto común de fusión de la fecha 31 de enero de 2023. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2022. A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME, de conformidad con lo establecido en el Artículo 52 de la misma ley. El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.


Orden del día: 6 marzo, 2023

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 14 de febrero de 2023, los socios de Fugari, SL (Sociedad absorbente), en ejercicio de las competencias propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, reunida en el domicilio social, ha aprobado la fusión por absorción de la sociedad Fugari, SL (sociedad absorbente) con la sociedad Augusta Quince, SLU (sociedad absorbida) sobre la base del proyecto común de fusión de la fecha 31 de enero de 2023. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2022. A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME, de conformidad con lo establecido en el Artículo 52 de la misma ley. El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Barcelona, 24 de febrero de 2023.- Maria Teresa Jornet Garcia administradora solidaria de Fugari, SL y, Javier Rivera Garcia administrador único de Augusta Quince, SLU.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

FUGARI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) AUGUSTA QUINCE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"FUGARI, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) AUGUSTA QUINCE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2023-781 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2023-781
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20230306
Fecha última actualizacion: 6 marzo, 2023
Numero BORME 45
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A230007427
ID del anuncio: A230007427
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 965
Pagina final: 965



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