Contenidos de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS FILIA TENERIFE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) BONANA PLÁTANO DE CANARIAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA) del 20130819
- FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS FILIA TENERIFE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) BONANA PLÁTANO DE CANARIAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
- Orden del día 20130819
- Datos oficiales anuncio A130048325
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Orden del día: 19 agosto, 2013
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que Filia Tenerife, Sociedad Limitada (sociedad absorbente) y Bonana Plátano de Canarias, Sociedad Limitada (Unipersonal) (sociedad absorbida), en sus respectivas Juntas Generales Universales de socios del 1 de julio de 2013, acordaron por unanimidad la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones integrantes de la misma.
El acuerdo de fusión por absorción fue adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 15 de enero de 2013.
La fusión tiene carácter de impropia, por cuanto la sociedad absorbida, la mercantil Bonana Plátano de Canarias, Sociedad Limitada (Unipersonal), está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, la mercantil Filia Tenerife, Sociedad Limitada, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones sociales, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente.
Dado que las sociedades que participan en la fusión adoptaron por unanimidad el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión, previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión.
La fusión se ha aprobado sobre los balances cerrados al 31 de diciembre del 2012 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad, y tendrá los afectos contables a partir del 1 de enero del 2013. La fusión por absorción impropia, se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que intervienen en el proceso, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los socios a pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos relacionados con la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales.
Asimismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales
Santa Cruz de Tenerife, 6 de agosto de 2013.- Juan Antonio López de Vergara Méndez, Secretario del Consejo de Administración de Filia Tenerife, Sociedad Limitada, y Bonana Plátano de Canarias, Sociedad Limitada (Unipersonal).
Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
FILIA TENERIFE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) BONANA PLÁTANO DE CANARIAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
"FILIA TENERIFE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) BONANA PLÁTANO DE CANARIAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2013-11566 publicado el
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20130819