FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de DATINZA, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) IMA-2010, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de DATINZA, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) IMA-2010, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 5 noviembre, 2020

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 30 de octubre de 2020, la sociedad DATINZA, S.A. (la "Sociedad Absorbente") aprobó, en junta universal y por unanimidad de todos los accionistas con derecho a voto, la fusión por absorción de IMA-2010, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), por la Sociedad Absorbente, con la consiguiente extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, sus derechos y obligaciones.


Orden del día: 5 noviembre, 2020

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 30 de octubre de 2020, la sociedad DATINZA, S.A. (la "Sociedad Absorbente") aprobó, en junta universal y por unanimidad de todos los accionistas con derecho a voto, la fusión por absorción de IMA-2010, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), por la Sociedad Absorbente, con la consiguiente extinción, vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, sus derechos y obligaciones.

Al ser la Sociedad Absorbida sociedad íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, resulta aplicable el procedimiento especial de fusión simplificada previsto en el artículo 49.1 de la LME. A su vez, puesto que la fusión se ha aprobado en junta universal y por unanimidad de todos los accionistas con derecho a voto de la Sociedad Absorbente no resulta necesario publicar o depositar el proyecto de fusión conforme al artículo 42 de la LME.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Zaragoza, 30 de octubre de 2020.- El Administrador único de Datinza, S.A. e IMA-2010, S.L.U, Francisco Javier Marturel Falcón.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

DATINZA, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) IMA-2010, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"DATINZA, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) IMA-2010, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2020-6597 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2020-6597
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20201105
Fecha última actualizacion: 5 noviembre, 2020
Numero BORME 214
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A200052537
ID del anuncio: A200052537
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 8026
Pagina final: 8026



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