FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de CLUB LANZAROTE, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBENTE) ISLA PLAYA BLANCA, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de CLUB LANZAROTE, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBENTE) ISLA PLAYA BLANCA, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 22 octubre, 2019

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de CLUB LANZAROTE, S.A., como sociedad absorbente e ISLA PLAYA BLANCA, S.A., como sociedad absorbida, celebradas el día 14 de septiembre de 2019, han acordado aprobar, por unanimidad, la fusión por absorción con carácter inverso e impropio de la sociedad ISLA PLAYA BLANCA, S.A., por parte de CLUB LANZAROTE, S.A., con disolución y consecuente extinción de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquélla, sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente.


Orden del día: 22 octubre, 2019

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de CLUB LANZAROTE, S.A., como sociedad absorbente e ISLA PLAYA BLANCA, S.A., como sociedad absorbida, celebradas el día 14 de septiembre de 2019, han acordado aprobar, por unanimidad, la fusión por absorción con carácter inverso e impropio de la sociedad ISLA PLAYA BLANCA, S.A., por parte de CLUB LANZAROTE, S.A., con disolución y consecuente extinción de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquélla, sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme el proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 40 siendo la estructura elegida la denominada fusión "inversa" que se caracteriza por ser la filial la que absorbe a la matriz y "directa" e "impropia" al ser la absorbida titular del 100% de las participaciones de la sociedad absorbente.

Se hace constar, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Yaiza (Las Palmas), 16 de octubre de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración de Club Lanzarote, S.A., e Isla Playa Blanca, S.A., Juan Llull Juan.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

CLUB LANZAROTE, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBENTE) ISLA PLAYA BLANCA, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"CLUB LANZAROTE, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBENTE) ISLA PLAYA BLANCA, SOCIEDAD ANÓNIMA (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2019-7627 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2019-7627
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20191022
Fecha última actualizacion: 22 octubre, 2019
Numero BORME 203
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: