FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de ALARCO, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ELECTRICIDAD BARRA-NAVAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS de ALARCO, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ELECTRICIDAD BARRA-NAVAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA) a fecha de 6 octubre, 2020

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que las Juntas Generales de "Alarco, S.A." (sociedad absorbente) y "Electricidad Barra-Naval, S.L." (sociedad absorbida), aprobaron el día 29 de septiembre de 2020, la fusión por absorción de "Electricidad Barra-Naval, S.L.", por parte de "Alarco, S.A.", todo ello en los términos establecidos en el Proyecto común de Fusión de 26 de mayo de 2020, elaborado conjuntamente por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes.


Orden del día: 6 octubre, 2020

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que las Juntas Generales de "Alarco, S.A." (sociedad absorbente) y "Electricidad Barra-Naval, S.L." (sociedad absorbida), aprobaron el día 29 de septiembre de 2020, la fusión por absorción de "Electricidad Barra-Naval, S.L.", por parte de "Alarco, S.A.", todo ello en los términos establecidos en el Proyecto común de Fusión de 26 de mayo de 2020, elaborado conjuntamente por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes.

La operación de fusión por absorción aprobada implica que la Sociedad Absorbida se disuelve sin liquidación y transmite en bloque su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones.

Se deja expresa constancia de que la fusión gemelar por absorción de la sociedad "Electricidad Barra-Naval, S.L.", por parte de "Alarco, S.A.", se llevará a cabo de conformidad con el artículo 52.1, 49.1 y 42 LME, dado que la sociedad absorbente y la sociedad absorbida están íntegramente participadas, de forma directa y en la misma proporción, por el mismo socio único ("GRUPO AB 1903, S.L.").

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente el Proyecto Común de Fusión y sin informe de los administradores sobre el mismo, al haberse adoptado, por unanimidad, por las Juntas Generales de las sociedades intervinientes.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de las decisiones de fusión adoptada, así como los Balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho de oposición de los acreedores de ambas sociedades conforme a lo previsto en el artículo 44 LME.

Huesca, 29 de septiembre de 2020.- El representante del Administrador único de las sociedades absorbente y absorbida GRUPO AB 1903, S.L., Pablo Bravo Vidal.



Datos oficiales de la FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS

ALARCO, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ELECTRICIDAD BARRA-NAVAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

"ALARCO, S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE) ELECTRICIDAD BARRA-NAVAL, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2020-5857 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2020-5857
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20201006
Fecha última actualizacion: 6 octubre, 2020
Numero BORME 194
Seccion: 2
Departamento: FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A200044792
ID del anuncio: A200044792
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 7116
Pagina final: 7116



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