ESCISIÓN DE EMPRESAS de SEIRAK, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) AZPIKO SOROA, S.L. SEIRAK, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de SEIRAK, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) AZPIKO SOROA, S.L. SEIRAK, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN) a fecha de 12 enero, 2016

Escisión total de empresas


Orden del día: 12 enero, 2016

Escisión total de empresas

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y demás disposiciones aplicables, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la compañía SEIRAK, S.L. (Sociedad Escindida), celebrada en fecha 22 de diciembre de 2015, ha acordado, por unanimidad, aprobar la escisión total de la Sociedad Escindida mediante la división de su patrimonio en dos partes, y su traspaso en bloque, a favor, de las siguientes sociedades de nueva constitución: AZPIKO SOROA, S.L. (Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación) y SEIRAK, S.L. (Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación), todo ello conforme al Proyecto de Escisión formulado por los Administradores Solidarios de la Sociedad Escindida.

Dichas Sociedades Beneficiarias se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión total, todo ello previa disolución sin liquidación de la Sociedad Escindida, adquiriendo las Sociedades Beneficiarias por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido. Las participaciones sociales de cada una de las Sociedades Beneficiarias se atribuirán a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital social de la misma.

Asimismo, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los Socios y acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión en los términos previstos en el artículo 78 bis de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, de oponerse a la escisión total en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión total.

Ormaiztegi, 23 de diciembre de 2015.- Los Administradores Solidarios. D. Francisco Javier Mendizabal Echaniz y D. Mikel Hernández Mendizabal.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

SEIRAK, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) AZPIKO SOROA, S.L. SEIRAK, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

"SEIRAK, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) AZPIKO SOROA, S.L. SEIRAK, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2016-124 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2016-124
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20160112
Fecha última actualizacion: 12 enero, 2016
Numero BORME 6
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A160000611
ID del anuncio: A160000611
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 142
Pagina final: 142



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