ESCISIÓN DE EMPRESAS de RIC ENERGY HOLDINGS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) TERRANOVA LAND, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de RIC ENERGY HOLDINGS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) TERRANOVA LAND, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA) a fecha de 5 julio, 2023

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se comunica que la Junta General ordinaria y Universal de Socios de Ric Energy Holdings, S.L. aprobó, por unanimidad, con fecha de 30 de junio de 2023, la escisión parcial financiera de Ric Energy Holdings, S.L., sin extinción de la misma, mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal de una parte de su patrimonio, la tenencia de participaciones mayoritarias en sociedades de actividad inmobiliaria, concretamente la totalidad de las participaciones sociales de la mercantil Ric Activos Inmobiliarios, S.L.U., que forma en sí misma una unidad económica independiente, a Terranova Land, S.L., que se constituirá simultáneamente adquiriendo por sucesión universal todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio escindido, y cuyos socios serán los mismos que los socios de la Sociedad Escindida, de forma que las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria serán atribuidas en proporción a la participación en el capital social de los socios en la Sociedad Escindida, no existiendo compensaciones en metálico.


Orden del día: 5 julio, 2023

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se comunica que la Junta General ordinaria y Universal de Socios de Ric Energy Holdings, S.L. aprobó, por unanimidad, con fecha de 30 de junio de 2023, la escisión parcial financiera de Ric Energy Holdings, S.L., sin extinción de la misma, mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal de una parte de su patrimonio, la tenencia de participaciones mayoritarias en sociedades de actividad inmobiliaria, concretamente la totalidad de las participaciones sociales de la mercantil Ric Activos Inmobiliarios, S.L.U., que forma en sí misma una unidad económica independiente, a Terranova Land, S.L., que se constituirá simultáneamente adquiriendo por sucesión universal todos los derechos y obligaciones que integran el patrimonio escindido, y cuyos socios serán los mismos que los socios de la Sociedad Escindida, de forma que las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria serán atribuidas en proporción a la participación en el capital social de los socios en la Sociedad Escindida, no existiendo compensaciones en metálico.

Como consecuencia de la escisión parcial financiera la sociedad escindida, Ric Energy Holdings, S.L., reducirá los fondos propios en la cuantía necesaria.

Se hace constar que, conforme lo previsto en el artículo 78 bis LME no es necesario preparar informe de los administradores, ni informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión, ni el balance de escisión, dado que las participaciones de la Sociedad Beneficiaria se atribuyen a los socios de la Sociedad Escindida proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta.

Igualmente se hace constar que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42, en relación con el 73, de la LME, el acuerdo de escisión se ha adoptado en Junta General Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto, por lo que no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión.

La escisión parcial financiera se lleva a cabo de acuerdo con el proyecto de escisión parcial financiera suscrito y firmado por el administrador único de la sociedad parcialmente escindida.

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial financiera adoptado, así como el derecho de oponerse a la escisión parcial financiera en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial financiera.

Madrid, 30 de junio de 2023.- El Administrador único de Ric Energy Holdings, S.L, D. José Luis Moya Jiménez.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

RIC ENERGY HOLDINGS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) TERRANOVA LAND, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

"RIC ENERGY HOLDINGS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) TERRANOVA LAND, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2023-4536 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2023-4536
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20230705
Fecha última actualizacion: 5 julio, 2023
Numero BORME 126
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A230026289
ID del anuncio: A230026289
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 5538
Pagina final: 5538



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