ESCISIÓN DE EMPRESAS de IBÉRICO COMARCA LOS BALDÍOS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) IBÉRICOS SEÑORÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de IBÉRICO COMARCA LOS BALDÍOS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) IBÉRICOS SEÑORÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA) a fecha de 17 noviembre, 2023

De acuerdo con el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Ibérico Comarca los Baldíos, S.L. (Sociedad Escindida), y de Ibéricos Señorón, S.L. (Sociedad Beneficiaria), celebradas el 7 de noviembre de 2023, acordaron por unanimidad la escisión parcial de la primera de dichas compañías, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, que forma una unidad económica, a Ibéricos Señorón, S.L. El acuerdo se adoptó ajustándose a los términos del Proyecto Común de Escisión aprobado por el Órgano de Administración de ambas sociedades el 29 de mayo de 2023.


Orden del día: 17 noviembre, 2023

De acuerdo con el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Ibérico Comarca los Baldíos, S.L. (Sociedad Escindida), y de Ibéricos Señorón, S.L. (Sociedad Beneficiaria), celebradas el 7 de noviembre de 2023, acordaron por unanimidad la escisión parcial de la primera de dichas compañías, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, que forma una unidad económica, a Ibéricos Señorón, S.L. El acuerdo se adoptó ajustándose a los términos del Proyecto Común de Escisión aprobado por el Órgano de Administración de ambas sociedades el 29 de mayo de 2023.

Son de aplicación los artículos 49 y 52 de la LME, por remisión del 73 de la misma Norma, al estar la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria participadas por los mismos socios y en la misma proporción. De acuerdo con lo anterior, no es necesaria la ampliación de capital social en la Sociedad Beneficiaria, ni los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de escisión. Tampoco son necesarias en el Proyecto de escisión las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de LME, ni la mención 2ª del artículo 74 de la citada Norma.

Resulta asimismo de aplicación el artículo 42 de la LME, por lo que no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME.

De acuerdo con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.

Olivenza, 9 de noviembre de 2023.- Administrador Único de las sociedades Ibérico Comarca los Baldíos Sociedad Limitada y de Ibéricos Señorón, Sociedad Limitada, Mariano Señorón Perea.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

IBÉRICO COMARCA LOS BALDÍOS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) IBÉRICOS SEÑORÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

"IBÉRICO COMARCA LOS BALDÍOS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) IBÉRICOS SEÑORÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2023-6848 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2023-6848
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20231117
Fecha última actualizacion: 19 noviembre, 2023
Numero BORME 219
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A230043495
ID del anuncio: A230043495
Fecha de publicacion: