ESCISIÓN DE EMPRESAS de GECYDOVA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) JARJONASERVICES, SOCIEDAD LIMITADA JARJONAGESTIÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de GECYDOVA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) JARJONASERVICES, SOCIEDAD LIMITADA JARJONAGESTIÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN) a fecha de 29 enero, 2021

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de "Gecydova, S.L." (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 12 de enero de 2021, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Gecydova, S.L.", mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal, de los elementos patrimoniales de dos ramas de actividad que constituyen dos unidades económicas independientes, a las sociedades beneficiarias y de nueva creación "Jarjonaservices, S.L." y "Jarjonagestión, S.L."


Orden del día: 29 enero, 2021

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de "Gecydova, S.L." (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 12 de enero de 2021, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Gecydova, S.L.", mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal, de los elementos patrimoniales de dos ramas de actividad que constituyen dos unidades económicas independientes, a las sociedades beneficiarias y de nueva creación "Jarjonaservices, S.L." y "Jarjonagestión, S.L."

Dado que el acuerdo de escisión parcial ha sido adoptado, en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios, según prevé el artículo 42 de la LME, no es necesario la publicación o el depósito previo del proyecto de escisión parcial.

Asimismo, en aplicación del régimen simplificado que recoge el artículo 78.bis dela LME, al atribuirse a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de las sociedades beneficiarias de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tienen en el capital de ésta, no es necesario el informe de experto independiente, ni el informe de los Administradores, ni el balance de escisión.

Se hace constar expresamente la puesta a disposición de los socios de la sociedades que interviene en la escisión parcial de la documentación prevista en el artículo 39 de la LME, también que los acreedores de la sociedad escindida parcialmente podrán obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y que les asiste el derecho de oposición a la escisión parcial, durante el trascurso de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial, en los términos previstos en el 44 de la LME.

Bétera (Valencia), 13 de enero de 2021.- El Administrador único de Gecydova, Sociedad Limitada, Jesús Arjona Díaz.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

GECYDOVA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) JARJONASERVICES, SOCIEDAD LIMITADA JARJONAGESTIÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

"GECYDOVA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) JARJONASERVICES, SOCIEDAD LIMITADA JARJONAGESTIÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2021-341 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2021-341
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20210129
Fecha última actualizacion: 31 enero, 2021
Numero BORME 19
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A210004217
ID del anuncio: A210004217
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 412
Pagina final: 412



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