ESCISIÓN DE EMPRESAS de COEVA RIPOLL, S.A.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) TEIXIDOR POUS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de COEVA RIPOLL, S.A.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) TEIXIDOR POUS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN) a fecha de 21 junio, 2017

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones Estructurales de la Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que en fecha 13 de junio de 2017 el socio único de Coeva Ripoll, S.A.U., aprobó la escisión parcial, sin extinción, de una parte del patrimonio de la sociedad que constituye una unidad económica, y su traspaso en bloque, por sucesión universal, a favor de la sociedad de nueva creación Teixidor Pous, S.L.U., que será íntegramente participada por el socio único de Coeva Ripoll, S.A.U.


Orden del día: 21 junio, 2017

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones Estructurales de la Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que en fecha 13 de junio de 2017 el socio único de Coeva Ripoll, S.A.U., aprobó la escisión parcial, sin extinción, de una parte del patrimonio de la sociedad que constituye una unidad económica, y su traspaso en bloque, por sucesión universal, a favor de la sociedad de nueva creación Teixidor Pous, S.L.U., que será íntegramente participada por el socio único de Coeva Ripoll, S.A.U.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado sin la necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, al haberse adoptado por decisión del socio único de la sociedad parcialmente escindida.

Asimismo, es de aplicación el régimen simplificado que recoge el artículo 78 bis LME, al atribuirse al único socio de la sociedad parcialmente escindida todas las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste al socio único y a los acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado, así como el derecho de oposición a la escisión parcial, y ello durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Ripoll, 14 de junio de 2017.- El Administrador único de Coeva Ripoll, S.A.U., Pedro Teixidor Pous.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

COEVA RIPOLL, S.A.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) TEIXIDOR POUS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

"COEVA RIPOLL, S.A.U. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) TEIXIDOR POUS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2017-6053 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2017-6053
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20170621
Fecha última actualizacion: 21 junio, 2017
Numero BORME 116
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A170046874
ID del anuncio: A170046874
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 7037
Pagina final: 7037



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