Contenidos de la ESCISIÓN DE EMPRESAS CARPINTERIA BETIKO S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) Y BETIKO CARPINTERIA DE ALUMINIO Y PVC S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN) del 20230519
- ESCISIÓN DE EMPRESAS CARPINTERIA BETIKO S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) Y BETIKO CARPINTERIA DE ALUMINIO Y PVC S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
- Orden del día 20230519
- Datos oficiales anuncio A230018578
- ESCISIÓN DE EMPRESAS, noticias, anuncios y avisos legales relacionadas CARPINTERIA BETIKO S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) Y BETIKO CARPINTERIA DE ALUMINIO Y PVC S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
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Orden del día: 19 mayo, 2023
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público la decisión del socio único de CARPINTERIA BETIKO S.L.U. (Sociedad parcialmente escindida) celebrada el día 10 mayo 2023, acordó por unanimidad la escisión parcial de una parte su patrimonio. En virtud de este acuerdo, CARPINTERIA BETIKO S.L.U. reducirá su capital social mediante la transmisión en bloque de la parte de su patrimonio que constituye la unidad económica autónoma afecta a su actividad principal excluyendo los activos de Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos patrimoniales, a la sociedad beneficiaria de nueva creación BETIKO CARPINTERIA DE ALUMINIO Y PVC S.L.U., la cual se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la citada escisión parcial, adquiriendo, por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la Sociedad parcialmente escindida en la misma proporción que ostentaban todas las participaciones sociales de la Sociedad beneficiaria de nueva creación.
Se advierte el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión parcial, todo ello conforme a los artículos 43 y 44 de la citada Ley 3/2009.
Ordoki (Navarra), 16 de mayo de 2023.- Administrador único, Ricardo Alzuguren Gastesi.