ESCISIÓN DE EMPRESAS de AGROPECUARIAS CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) INMOBILIARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de AGROPECUARIAS CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) INMOBILIARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA) a fecha de 16 marzo, 2022

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que, por decisión del socio único de AGROPECUARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (Sociedad escindida), adoptada el día 10 de marzo de 2022, el socio único decidió aprobar el Proyecto de Escisión Parcial, así como la escisión parcial de AGROPECUARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U., por sucesión universal, mediante el traspaso en bloque de una parte de su patrimonio, consistente en una rama de actividad inmobiliaria, la cual constituye una unidad económica, autónoma e independiente, a favor de la Sociedad beneficiaria de nueva creación INMOBILIARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U., sociedad íntegra y directamente participada por el socio único de la Sociedad escindida.


Orden del día: 16 marzo, 2022

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que, por decisión del socio único de AGROPECUARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (Sociedad escindida), adoptada el día 10 de marzo de 2022, el socio único decidió aprobar el Proyecto de Escisión Parcial, así como la escisión parcial de AGROPECUARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U., por sucesión universal, mediante el traspaso en bloque de una parte de su patrimonio, consistente en una rama de actividad inmobiliaria, la cual constituye una unidad económica, autónoma e independiente, a favor de la Sociedad beneficiaria de nueva creación INMOBILIARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U., sociedad íntegra y directamente participada por el socio único de la Sociedad escindida.

El acuerdo de escisión es adoptado por el socio único y no restringe el derecho de información de los trabajadores sobre la escisión, incluida la información sobre los efectos que pudiera tener sobre el empleo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.

Madrid, 11 de marzo de 2022.- Secretario Consejero del Consejo de Administración de Agropecuarias Cañas y Labrados SLU, Casa del Olmo Inversiones 18 S.L. actuando en su nombre y representación, D. Eduardo Pitarch Velloso.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

AGROPECUARIAS CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) INMOBILIARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

"AGROPECUARIAS CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) INMOBILIARIA CAÑAS Y LABRADOS, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2022-958 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2022-958
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20220316
Fecha última actualizacion: 16 marzo, 2022
Numero BORME 52
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A220009252
ID del anuncio: A220009252
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 1200
Pagina final: 1200



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