CONVOCATORIAS DE JUNTAS de ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA

CONVOCATORIAS DE JUNTAS de ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA a fecha de 19 febrero, 2010

Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas El Consejo de Administración de Antena 3 de Televisión, Sociedad Anónima, ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará, en primera convocatoria, el día 24 de marzo de 2010, a las diecisiete horas, en el domicilio social, sito en la Avenida Isla Graciosa, número 13, San Sebastián de los Reyes, Madrid. Para el caso de que no pudiera celebrarse la reunión en primera convocatoria, por no haberse alcanzado el quórum necesario para tratar todos los puntos que figuran en su Orden del Día, la Junta queda igualmente convocada, en segunda convocatoria, para el día siguiente, 25 de marzo de 2010, a la misma hora y en el mismo lugar, a fin de deliberar y resolver sobre los asuntos comprendidos en el siguiente


Orden del día: 19 febrero, 2010

Convocatoria de Junta General Ordinaria de Accionistas El Consejo de Administración de Antena 3 de Televisión, Sociedad Anónima, ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará, en primera convocatoria, el día 24 de marzo de 2010, a las diecisiete horas, en el domicilio social, sito en la Avenida Isla Graciosa, número 13, San Sebastián de los Reyes, Madrid. Para el caso de que no pudiera celebrarse la reunión en primera convocatoria, por no haberse alcanzado el quórum necesario para tratar todos los puntos que figuran en su Orden del Día, la Junta queda igualmente convocada, en segunda convocatoria, para el día siguiente, 25 de marzo de 2010, a la misma hora y en el mismo lugar, a fin de deliberar y resolver sobre los asuntos comprendidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales (memoria, balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo), del informe de gestión y de la propuesta de aplicación del resultado de Antena 3 de Televisión, S.A., así como de las cuentas y del informe de gestión consolidados de su grupo de sociedades, y de la gestión social, todo ello correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2009.

Segundo.- Autorización para que la Sociedad pueda adquirir acciones propias, directamente o a través de sociedades de su Grupo, así como para su enajenación posterior, estableciendo los límites y requisitos de estas operaciones, delegando en el Consejo de Administración las facultades necesarias para la ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta a este respecto.

Tercero.- Reelección o, en su caso, designación de Auditores de Cuentas, tanto de Antena 3 de Televisión, S.A. como de su grupo consolidado de sociedades.

Cuarto.- Delegación en el Consejo de Administración de las facultades necesarias para que la Sociedad pueda proceder a la emisión, en una o varias veces y con un límite conjunto de doscientos millones de euros (200.000.000 €) de importe nominal, de pagarés, obligaciones, bonos y otros valores de renta fija o instrumentos de deuda de naturaleza análoga, tanto simples como convertibles o canjeables por acciones de la Sociedad de nueva emisión o en circulación, con expresa atribución de la facultad de excluir, total o parcialmente, cuando legalmente exista, el derecho de suscripción preferente. Autorización al Consejo de Administración para dar, en su caso, nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos Sociales y para solicitar, en su caso, la admisión de dichos valores a negociación.

Quinto.- Comunicación del Informe de Responsabilidad Corporativa del ejercicio 2009.

Sexto.- Delegación de facultades para formalizar, interpretar, subsanar y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas, así como para sustituir las facultades que el Consejo de Administración reciba de la Junta, y concesión de facultades para la elevación a instrumento público de dichos acuerdos.

Derecho de información: A partir de la presente convocatoria los accionistas tienen derecho a examinar en el domicilio social y a obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los siguientes documentos: 1. Las cuentas anuales y el informe de gestión de la Sociedad y de su grupo consolidado, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2009, junto con la propuesta de aplicación del resultado. El Informe de Gestión incluye, en sección separada, el Informe Anual de Gobierno Corporativo del ejercicio 2009. 2. Los respectivos informes de auditoría. 3. El Informe del Consejo de Administración en relación con el punto Cuarto del orden del día sobre la emisión de valores. 4. El texto íntegro de los acuerdos aprobados por el Consejo de Administración para ser propuestos a la Junta General. 5. El Informe de Responsabilidad Corporativa del ejercicio 2009. 6. El informe explicativo previsto en el artículo 116 bis de la Ley del Mercado de Valores sobre información adicional, que figura incluido en el Informe de Gestión que acompaña a las Cuentas Anuales. Además, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta General, los accionistas podrán solicitar las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que crean convenientes, bien sobre los asuntos que figuran en el orden del día bien sobre la información accesible al público que se ha facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General, que tuvo lugar el día 25 de marzo de 2009. En todos los casos estas consultas deberán formularse por escrito y enviarse a la Sociedad por cualquiera de los siguientes procedimientos: 1. Correo postal al domicilio social: Avenida Isla Graciosa número 13, San Sebastián de los Reyes, 28703 Madrid, dirigido a la Oficina del Accionista 2. Fax dirigido a esta misma Oficina, en el número 916.230.137 3. A través de la página web de la sociedad www.antena3.com, en el formulario incluido en el apartado de Junta General 2010, Solicitud de Información Toda la documentación relativa a la Junta General estará también disponible en la página web de la sociedad www.antena3.com, y ha sido remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para su difusión. Derecho de asistencia: Podrán asistir a la Junta General los accionistas que sean titulares de un mínimo de 400 acciones (equivalentes a 300 euros de valor nominal) siempre que las tengan inscritas en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta con cinco (5) días de antelación a la fecha de celebración de la Junta General y lo acrediten mediante la oportuna Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto emitida por la entidad depositaria de sus acciones o con un certificado expedido por alguna de las Entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores (Iberclear) o de cualquier otra forma admitida por la legislación vigente. El accionista con derecho de asistencia que no haya recibido la Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto de la entidad en la que tenga depositadas sus acciones, podrá solicitarla a la propia sociedad, hasta tres días antes de la fecha de la reunión, a través de su página web www.antena3.com, en el formulario incluido en el apartado de Junta General 2010, Solicitud de Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto, o bien obtenerla en el mismo lugar y día de celebración de la Junta, acreditando su identidad y con una antelación mínima de una hora respecto a la prevista para el comienzo de la reunión. En el primer caso la Tarjeta le será enviada por correo a su domicilio. Derecho de representación: Los accionistas con derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta General por otra persona, aunque ésta no sea accionista. La representación podrá ser otorgada mediante la fórmula de delegación que figure en su Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto o con cualquier otra fórmula admitida por la Ley. Los accionistas titulares de menos de 400 acciones podrán delegar la representación de sus acciones, y el ejercicio de su derecho de voto, en un accionista que tenga derecho de asistencia a la Junta, utilizando para ello cualquiera de los procedimientos que figuran en este anuncio de convocatoria. En el supuesto de delegación por Internet el accionista se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida, para que éste dé su aceptación. La aceptación de la delegación se entenderá realizada cuando el representante se identifique suficientemente en el día y lugar de celebración de la Junta, dentro de las dos horas anteriores a su celebración, con el fin de que pueda comprobarse la delegación conferida, acompañando, en su caso, copia de dicha delegación electrónica. Cuando la representación se confiera al Presidente o al Secretario del Consejo de Administración la comunicación y aceptación se entenderá realizada mediante la recepción por la Sociedad de dicha delegación electrónica en forma y plazo. El representante sólo podrá ejercer el voto de su representado asistiendo personalmente a la Junta General. Está permitido fraccionar el voto, a fin de que los intermediarios financieros que aparezcan legitimados como accionistas, pero actúen por cuenta de clientes distintos, puedan emitir sus votos conforme a las instrucciones de éstos. Agrupación de acciones: Los accionistas titulares de menos de 400 acciones podrán agruparse con otros accionistas que se encuentren en la misma situación, hasta reunir las acciones necesarias para asistir a la reunión, debiendo conferir su representación a uno de ellos. La agrupación deberá hacerse con carácter especial para esta Junta General y formalizarse por cualquier medio escrito que permita acreditarla. El socio que represente a los accionistas agrupados debe dirigirse a la Oficina del Accionista para obtener una Tarjeta de Asistencia que incluya a todos los socios agrupados, previa presentación de las correspondientes delegaciones debidamente firmadas. Esta petición deberá hacerse mediante correo postal enviado al domicilio social, en Avenida Isla Graciosa número 13, San Sebastián de los Reyes, 28703 Madrid, dirigido a la Oficina del Accionista. Voto por correo: Todos los accionistas podrán emitir su voto mediante correspondencia postal, cumplimentando y firmando el apartado Voto por Correo que figure en la Tarjeta de Asistencia, Delegación y Voto emitida por la entidad depositaria de sus acciones o, en su defecto, en la Tarjeta que hayan obtenido por cualquiera de los procedimientos ya indicados. Esta Tarjeta, debidamente cumplimentada y firmada, deberá entregarse en la sede social o remitirse por correspondencia postal a la Oficina del Accionista, en la dirección del domicilio social. Voto por internet: De acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de los Estatutos Sociales y en el artículo 10 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración ha decidido implantar los procedimientos necesarios para hacer posible el ejercicio del derecho de voto a través de Internet con carácter previo a la celebración de la Junta, siempre que se cumpla con los requisitos legalmente exigidos y con los previstos en la presente convocatoria. En consecuencia, los accionistas que no asistan a la Junta General podrán emitir su voto a través de Internet del modo siguiente: - A través de la página web de la Sociedad (www.antena3.com), accediendo al espacio dedicado a la Junta General de Accionistas año 2010, apartado Delegación y Voto a Distancia, Voto por Internet, siguiendo el procedimiento allí establecido. - Para asegurar la autenticidad y correcta identificación del accionista que ejercita así su derecho de voto se aplicarán las normas legales sobre firma electrónica reconocida y firma electrónica avanzada, reguladas en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido, del que no conste su revocación y que haya sido emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o bien si el accionista dispone del Documento Nacional de Identidad electrónico. Reglas comunes al ejercicio o delegación del derecho de voto por correo postal o por internet: 1. Prevalencia entre voto y/o delegación por medios de comunicación a distancia y asistencia física del socio a la Junta: (a) La asistencia personal a la Junta del accionista que hubiera delegado o votado por un sistema no presencial dejará sin efecto cualquier otra forma de voto o delegación. (b) El ejercicio directo por el accionista de su derecho de voto, sea cual fuere el medio utilizado, deja sin efecto la delegación, tanto si es anterior (se tendrá por revocada), como si es posterior (se tendrá por no efectuada). 2. En el caso de que un accionista realice válidamente varias delegaciones por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta se considerará válida la última recibida por la Sociedad. 3. En el caso de que un accionista emita varios votos a través de los medios de comunicación a distancia respecto de los mismos puntos del Orden del Día prevalecerá el voto que primero haya sido recibido por la Sociedad, quedando invalidados los recibidos en fecha posterior. La revocación o modificación del voto efectuado a través de los medios de comunicación a distancia precisará la asistencia personal del accionista a la Junta. 4. Tanto los votos emitidos por medios a distancia como las delegaciones de voto que se realicen por estos mismos procedimientos sólo serán válidos si se reciben en el domicilio de la sociedad o en su página web con una antelación mínima de 24 horas antes del comienzo de la reunión, esto es antes de las diecisiete horas del día 23 de marzo de 2010. 5. El voto o la delegación por Internet sólo podrán hacerse alternativamente y de forma excluyente, y una sola vez en la opción que se haya elegido. 6. Tanto la emisión del voto como la delegación emitidos por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren esos derechos. 7. Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de su firma electrónica para votar o delegar a través de los medios electrónicos. 8. Los accionistas personas jurídicas y los accionistas no residentes en España deberán consultar a la Oficina de Atención al Accionista para examinar la posibilidad de aplicar en cada caso particular los procedimientos generales de voto y delegación a través de los medios de comunicación a distancia. Asimismo, en caso de que el accionista sea persona jurídica deberá notificar de forma fehaciente a la Sociedad cualquier modificación o revocación en las facultades que ostente su representante, declinando la Sociedad cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación. 9. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación por medios electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad así lo aconsejen. 10. La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a su voluntad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación a través de los medios de comunicación a distancia. 11. Los datos personales que los accionistas remitan para el ejercicio o delegación de sus derechos de asistencia y voto en Junta serán tratados por la Sociedad a los únicos efectos de permitir el ejercicio de estos derechos, pudiendo ejercitarse, cuando resulten legalmente procedentes, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. INTERVENCIÓN DE NOTARIO EN LA JUNTA El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta. INFORMACIÓN GENERAL - Es previsible que la Junta se celebre en primera convocatoria. - Las Tarjetas de Asistencia serán emitidas por las entidades depositarias de las acciones. No obstante, los accionistas que no la hayan recibido de su entidad depositaria podrán asimismo solicitarla a la propia Sociedad. - No hay prima ni obsequio por la asistencia a la Junta. - Para aclaraciones sobre la entrega o envío gratuito de la documentación, información adicional o cualquier otro extremo referente a esta convocatoria y la celebración de la Junta, los accionistas podrán dirigirse a la Oficina del Accionista, a través de los siguientes procedimientos: 1. Correo postal al domicilio social: Avenida Isla Graciosa número 13, San Sebastián de los Reyes, 28703 Madrid, dirigido a la Oficina del Accionista. 2. Fax dirigido a esta misma Oficina en el número 916.230.137. 3. Teléfono número: 916.230.708, en días y horarios laborables. 4. Correo electrónico: [email protected]. 5. Formulario incluido en la página web de la Sociedad, en el apartado Junta General 2010, Solicitud de Información.

San Sebastián de los Reyes, Madrid, 17 de febrero de 2010.- El Secretario General y del Consejo de Administración, don Luis Gayo del Pozo.



Datos oficiales de la CONVOCATORIAS DE JUNTAS

ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA

"ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2010-3419 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2010-3419
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20100219
Fecha última actualizacion: 19 febrero, 2010
Numero BORME 34
Seccion: 2
Departamento: CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Numero de anuncio: 11092
ID del anuncio: A100011092
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 3553
Pagina final: 3558



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Publicacion oficial ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA 34 BORME-C-2010-3419

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