Contenidos de la CONVOCATORIAS DE JUNTAS ANDEL AUTOMOCIÓN, S.A. del 20120809
Orden del día: 9 agosto, 2012
En virtud del artículo 168 de la Ley de Sociedades de Capital, y a petición del accionista don Arturo Estévez Tejerina, y por acuerdo del Consejo de Administración de Andel Automoción, S.A. en su reunión celebrada el pasado día 3 de agosto, se convoca a los accionistas a la Junta General Extraordinaria que se celebrará en el domicilio social el día 10 de septiembre de 2012, a las 11,00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, a la misma hora del siguiente día, en segunda convocatoria, al objeto de deliberar y decidir sobre el siguiente
Orden del día
Primero.- Explicación por parte del Ex Presidente don Arturo Estévez Tejerina de los motivos por los cuales presentó en el Consejo de Administración del día 14 de junio de 2012, su dimisión como Presidente y Consejero-Delegado del Consejo de Administración. Así como Gerente de la misma. (Solicitado por don Arturo Estévez).
Segundo.- Propuesta del cese o confirmación de los Consejeros nombrados en el Consejo de Administración del 14 de junio de 2012, y en su caso, nombramiento de nuevo Consejo. (Solicitado por don Arturo Estévez).
Tercero.- Propuesta de ampliación del capital social: Aumentar el capital social, por un importe nominal de 1.986.500 euros, mediante la emisión, creación y puesta en circulación de 19.865 nuevas acciones ordinarias de 100 euros de valor nominal cada una, y una prima de emisión de 50 euros por acción, mediante aportaciones dinerarias. Dichas nuevas acciones tendrán los mismos derechos y obligaciones que las actualmente existentes, y estarán representadas mediante títulos físicos nominativos. El contravalor del aumento de capital consistirá en aportaciones dinerarias que serán desembolsadas en los siguientes plazos:A.- En el momento de suscripción: 50% del valor nominal más la totalidad de la prima de emisión, es decir, 100 euros por acción. B.- Hasta el 20 de junio de 2015: 25% del valor nominal, es decir, 25 euros por acción. C.- Hasta el 20 de junio de 2018: 25% restante del valor nominal, es decir, 25 euros por acción. El plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente será de 1 mes a partir de su comunicación y se facultará para que la comunicación a los socios se efectúe mediante comunicación escrita a cada uno de ellos, de conformidad a lo previsto en el artículo 364 y 365 de la LSC. Serán necesarios 2 derechos de suscripción preferente para suscribir 1 acción nueva. Las acciones no suscritas en el ejercicio del derecho de suscripción preferente reseñado en los párrafos precedentes, serán ofrecidas por el órgano de administración al resto de accionistas que hubieran ejercitado el derecho de suscripción preferente que les asistía, para su suscripción durante el plazo de un mes desde la conclusión del señalado anteriormente para la suscripción preferente. El desembolso del total nominal de las acciones suscritas, junto a la prima de emisión, se efectuará en la forma antes indicada. Si existieran varios accionistas interesados en asumir las acciones ofrecidas, estas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviese en la sociedad. De acuerdo con el artículo 311 de la LSC, si el aumento de capital no se suscribe íntegramente dentro del plazo fijado para la suscripción, el aumento de capital social se limitará a la cantidad correspondiente al valor nominal de las acciones de la Sociedad efectivamente suscritas y desembolsadas, quedando sin efecto en cuanto al resto. De acuerdo con el artículo 297 de la LSC, se propone que la Junta General faculte al Consejo de Administración para fijar la fecha en que el presente acuerdo debe llevarse a efecto en la cifra acordada, en un plazo no superior a un año desde la fecha del acuerdo de la Junta, así como para determinar las condiciones del mismo no acordadas por la Junta General en el presente acuerdo, y, en particular, fijar la cantidad en la que, en su caso, quede definitivamente cifrado el aumento, y realizar los actos necesarios para su ejecución. La adopción de dicho acuerdo por la junta supondrá la modificación del artículo 5.º de los Estatutos Sociales cuya redacción definitiva está supeditada al importe final suscrito por los actuales y nuevos accionistas, delegándose en el Consejo de Administración, la facultad de modificar el artículo 5 de los Estatutos adaptándolo a la nueva cifra del capital social que definitivamente resulte suscrita, así como declarar ejecutado y cerrado el aumento de capital.
Cuarto.- Delegación y facultades, en su caso, para la elevación a público de los acuerdos adoptados, así como para la formalización, desarrollo, subsanación y ejecución de los mismos.
Quinto.- Ruegos y preguntas.
Sexto.- Redacción, lectura y, en su caso, aprobación del acta de la junta.
Cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma gratuita, en la forma ordenada por los artículos 197 de la Ley de Sociedades de Capital, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la junta. De conformidad con el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho de todo accionista de examinar, en el domicilio social, el texto íntegro de la modificación de los estatutos propuesta, y del informe sobre la misma, pudiendo pedir la entrega o envío gratuito de dichos documentos.
Sevilla, 7 de agosto de 2012.- Presidente del Consejo de Administración.
Datos oficiales de la CONVOCATORIAS DE JUNTAS
ANDEL AUTOMOCIÓN, S.A.
"ANDEL AUTOMOCIÓN, S.A." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2012-23911 publicado el
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20120809
Fecha última actualizacion: 9 agosto, 2012
Seccion: 2
Departamento: CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Numero de anuncio: A120058654
ID del anuncio: A120058654
Fecha de publicacion:
Letra: C
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