CESIÓN DE EMPRESAS de OÑATIKO GARAPEN ETA TURISMO AJENTZIA, S.A.U.- AGENCIA DE DESARROLLO Y TURISMO OÑATI, S.A.U. (SOCIEDAD CEDENTE) AYUNTAMIENTO DE OÑATI (SOCIEDAD CESIONARIA)

CESIÓN DE EMPRESAS de OÑATIKO GARAPEN ETA TURISMO AJENTZIA, S.A.U.- AGENCIA DE DESARROLLO Y TURISMO OÑATI, S.A.U. (SOCIEDAD CEDENTE) AYUNTAMIENTO DE OÑATI (SOCIEDAD CESIONARIA) a fecha de 12 noviembre, 2018

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 abril, se hace constar que la Junta General de la Sociedad "Oñatiko Garapen eta Turismo Ajentzia, S.A.U.- Agencia de Desarrollo y Turismo Oñati, S.A.U.", ha aprobado con fecha 4 de octubre de 2018, la disolución mediante, la cesión de activos y pasivos de la sociedad, siendo la sociedad cedente "Oñatiko Garapen eta Turismo Ajentzia, S.A.U.- Agencia de Desarrollo y Turismo Oñati, S.A.U.", y la sociedad cesionaria el socio único de la cedente, es decir, el Ayuntamiento de Oñati, que adquiere en bloque, por sucesión universal, la totalidad de su activo y pasivo, todo ello de conformidad con el proyecto de cesión global de activo y pasivo elaborado por los administradores de aquella.


Orden del día: 12 noviembre, 2018

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 abril, se hace constar que la Junta General de la Sociedad "Oñatiko Garapen eta Turismo Ajentzia, S.A.U.- Agencia de Desarrollo y Turismo Oñati, S.A.U.", ha aprobado con fecha 4 de octubre de 2018, la disolución mediante, la cesión de activos y pasivos de la sociedad, siendo la sociedad cedente "Oñatiko Garapen eta Turismo Ajentzia, S.A.U.- Agencia de Desarrollo y Turismo Oñati, S.A.U.", y la sociedad cesionaria el socio único de la cedente, es decir, el Ayuntamiento de Oñati, que adquiere en bloque, por sucesión universal, la totalidad de su activo y pasivo, todo ello de conformidad con el proyecto de cesión global de activo y pasivo elaborado por los administradores de aquella.

Como consecuencia de la cesión global, se producirá la extinción de la cedente, con efectos a la inscripción de la escritura de cesión global en el Registro Mercantil.

A tal efecto de conformidad con el artículo 87.2 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste al socio y acreedores de cada una de las entidades participantes en la cesión global, a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado de cesión global de activos y pasivos y extinción sin liquidación, en el domicilio social de la cedente.

Asimismo, la cedente informa del derecho que asiste a los acreedores de la sociedad cedente y del cesionario, conforme a lo establecido en el artículo 88 de la Ley 3/2009, a oponerse a la cesión global dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de la última publicación del acuerdo, en los términos contemplados en dicho precepto.

Oñati, 4 de octubre de 2018.- La Presidenta del Consejo de Administración, Ana Belén Martín Peralta.



Datos oficiales de la CESIÓN DE EMPRESAS

OÑATIKO GARAPEN ETA TURISMO AJENTZIA, S.A.U.- AGENCIA DE DESARROLLO Y TURISMO OÑATI, S.A.U. (SOCIEDAD CEDENTE) AYUNTAMIENTO DE OÑATI (SOCIEDAD CESIONARIA)

"OÑATIKO GARAPEN ETA TURISMO AJENTZIA, S.A.U.- AGENCIA DE DESARROLLO Y TURISMO OÑATI, S.A.U. (SOCIEDAD CEDENTE) AYUNTAMIENTO DE OÑATI (SOCIEDAD CESIONARIA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil