En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 369 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria Universal de esta compañía, celebrada el día 15 de octubre de 2010, acordó disolver la compañía, al amparo de lo dispuesto en el artículo 368 de la Ley de Sociedades de Capital, no abriéndose periodo liquidatorio dado que no existen deudas pendientes de liquidar.
El balance final al 14 de octubre de 2010 es el siguiente:
Contenidos de la BALANCES MOBECAF SERVICIOS LOGÍSTICOS, S.L. del 20101117
Orden del día: 17 noviembre, 2010
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 369 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria Universal de esta compañía, celebrada el día 15 de octubre de 2010, acordó disolver la compañía, al amparo de lo dispuesto en el artículo 368 de la Ley de Sociedades de Capital, no abriéndose periodo liquidatorio dado que no existen deudas pendientes de liquidar. El balance final al 14 de octubre de 2010 es el siguiente:
Madrid, 15 de octubre de 2010.- El liquidador, don Tomás Olano Uscola.