Contenidos de la AUMENTO DE CAPITAL LA SEDA DE BARCELONA, SOCIEDAD ANÓNIMA del 20100716
Orden del día: 16 julio, 2010
Aumento de Capital
En cumplimiento del artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas y para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de La Seda de Barcelona, Sociedad Anónima (La Seda o la Sociedad), se hace público que el Consejo de Administración de la Sociedad, en su sesión de fecha 21 de junio de 2010, en virtud de las delegación efectuada por la Junta General Extraordinaria reunida el 17 de diciembre de 2009, y al amparo del artículo 153.1.a) de la Ley de Sociedades Anónimas, convino ejecutar el aumento de capital en la Sociedad acordado por la referida Junta General de accionistas, cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan a continuación:
1. Importe del aumento y acciones a emitir. El capital social se aumenta por un importe nominal total de 300.000.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 3.000.000.000 nuevas acciones de La Seda, de 0,10 euros de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las acciones actualmente en circulación de la Sociedad y representadas mediante anotaciones en cuenta (las Acciones Nuevas). El importe total de la emisión, ascenderá a 300.000.000 euros o al importe que resulte en el supuesto de suscripción incompleta, tal como se desarrolla más adelante.
En la actualidad, el capital social de la Sociedad es de 160.578.260 euros, aunque de forma previa y, condicionada a la ejecución del aumento de capital social, de conformidad con los acuerdos aprobados por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada el pasado 17 de diciembre de 2009, reducirá el capital social en 97.890.919,90 euros, mediante la disminución del valor nominal de cada una de las 626.873.401 acciones ordinarias con derecho a voto, que pasarán de un valor nominal, previo a la reducción y ampliación de capital, de 0,256157 euros, a 0,10 euros, con la finalidad de dotar la reserva legal y la reserva indisponible a que se refiere el artículo 167.1.3 de la Ley de Sociedades Anónimas.
La entidad responsable del registro contable será la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (Iberclear), sociedad de nacionalidad española, con domicilio en Madrid, Plaza de la Lealtad, número 1.
2. Derechos políticos y económicos. Las Acciones Nuevas gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de La Seda actualmente en circulación.
3. Derecho de suscripción preferente. Tendrán derecho a la suscripción preferente de Acciones Nuevas, en la proporción de sesenta y siete (67) Acciones Nuevas por cada catorce (14) acciones antiguas, los accionistas de La Seda que a las veintitres horas y cincuenta y nueve minutos del día de publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) del presente anuncio de aumento de capital esto es, del día anterior al de inicio del Período de Suscripción Preferente, aparezcan legitimados en los registros centrales de Iberclear y sus Entidades Participantes. Igualmente, tendrán derecho de suscripción preferente quienes adquieran tales derechos en el mercado. Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, de conformidad con el artículo 158.3 de la Ley de Sociedades Anónimas. Por tanto, los derechos de suscripción preferente serán libremente negociados en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona.
Un accionista de La Seda ha asumido el compromiso de renunciar a 7.729 derechos de suscripción preferente con el propósito de facilitar la ecuación de canje de la ampliación de capital y que el número de acciones nuevas a suscribir mantenga exactamente la proporción de 67 Acciones Nuevas por cada 14 acciones antiguas.
4. Períodos de suscripción.
(A) Primera vuelta: Período de Suscripción Preferente y de solicitud de Acciones Adicionales
El periodo de suscripción preferente (el Periodo de Suscripción Preferente) para los accionistas de la Sociedad y adquirentes de derechos de suscripción se iniciará el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BORME y tendrá una duración de quince (15) días naturales a contar desde dicho momento.
Durante el Período de Suscripción Preferente, al tiempo de ejercitar sus derechos de suscripción preferente, los accionistas de la Sociedad y los terceros que hayan adquirido derechos de suscripción preferente de la Sociedad podrán solicitar la suscripción de Acciones Nuevas adicionales de La Seda (las Acciones Adicionales) para el supuesto de que al término del Período de Suscripción Preferente quedaran acciones no suscritas y, por tanto, no se hubiera cubierto el importe total del aumento de capital.
Para solicitar Acciones Adicionales, los accionistas y/o los terceros que hayan adquirido derechos de suscripción preferentes de la Sociedad deberán haber ejercitado la totalidad de los derechos de suscripción preferente depositados en la entidad participante ante la que ejerciten los referidos derechos. Las órdenes que se cursen referidas al ejercicio del derecho de suscripción preferente se entenderán formuladas con carácter firme, irrevocable e incondicional.
(B) Segunda vuelta: Período de Asignación de Acciones Adicionales
Si finalizado el Período de Suscripción Preferente existieran Acciones Nuevas sin suscribir, éstas serán adjudicadas, dentro del plazo de dos (2) días hábiles que comenzará el cuarto día hábil siguiente a la finalización del plazo de ejercicio del derecho de suscripción preferente (el Período de Asignación de Acciones Adicionales) entre los accionistas o titulares de derechos de suscripción solicitantes y, de no ser ello posible por exceder la demanda a la oferta existente, se adjudicarán a prorrata de la solicitud.
En el caso de que el número de Acciones Adicionales solicitadas fuera superior a las acciones sobrantes tras el ejercicio del derecho de suscripción preferente, la Entidad Agente practicará un prorrateo conforme a las siguientes reglas:
1. Las Acciones Nuevas sobrantes tras el Período de Suscripción Preferente se adjudicarán de forma proporcional al volumen de Acciones Adicionales solicitado por cada accionista o titular de derechos de suscripción preferente. A tal efecto, se dividirá el número de acciones sobrantes entre el número total de Acciones Adicionales solicitadas. En caso de fracciones en la adjudicación, se redondeará por defecto, de forma que resulte un número entero de acciones. Los porcentajes a utilizar para la asignación proporcional indicada se redondearán también por defecto hasta tres cifras decimales (es decir 0,12345 se igualará a 0,123).
2. Si tras la aplicación del prorrateo referido en el párrafo anterior, hubiese acciones no adjudicadas por efecto del redondeo, éstas se distribuirán una a una, por orden de menor a mayor cuantía de la solicitud de Acciones Adicionales y, en caso de igualdad, por orden alfabético de los accionistas que hubieran formulado dichas solicitudes, tomando la primera posición del campo "Nombres y Apellidos o Razón Social", sea cual sea su contenido, a partir de la letra A.
3. En el caso de que el número de Acciones Adicionales solicitadas fuera igual o inferior al número de acciones sobrantes, éstas se asignarán a los peticionarios hasta cubrir íntegramente sus peticiones. Las Acciones Nuevas sobrantes que resten por asignar se asignarían, en su caso, en el Periodo de Asignación Discrecional descrito a continuación.
El desembolso íntegro del nominal de dichas Acciones Adicionales suscritas deberá efectuarse en un plazo de tres (3) días a partir del Período de Asignación de Acciones Adicionales, y necesariamente mediante aportaciones dinerarias.
La Entidad Agente comunicará a las entidades participantes a través de las que se formularon las respectivas solicitudes de suscripción de Acciones Adicionales el número de Acciones Nuevas asignadas a los solicitantes, lo que tendrá lugar inmediatamente tras la finalización del Período de Asignación de Acciones Adicionales. Cada entidad participante notificará por escrito a los accionistas y titulares de derechos de suscripción preferente de la Sociedad que hubieran cursado a través de ella sus solicitudes el número de Acciones Adicionales que les ha sido asignado, a fin de que en el plazo de tres (3) días a partir del fin del Período de Asignación de Acciones Adicionales realicen el correspondiente desembolso de las Acciones Adicionales.
(C) Tercera vuelta: Período de Asignación Discrecional
En el supuesto de que, finalizado el Período de Asignación de Acciones Adicionales, las acciones suscritas durante el Período de Suscripción Preferente y durante el Período de Asignación de Acciones Adicionales no fueran suficientes para cubrir la totalidad de las 3.000.000.000 Acciones Nuevas, la Entidad Agente lo pondrá en conocimiento de la Sociedad no más tarde de las diecisiete horas de Madrid del día en el que finalice el Período de Asignación de Acciones Adicionales. El Consejo de Administración de la Sociedad podrá entonces decidir la apertura de un plazo de hasta tres (3) días adicionales desde la finalización del Período de Asignación de Acciones Adicionales (el Período de Asignación Discrecional) durante el que podrá ofrecer la suscripción de las acciones sobrantes a quien tenga por conveniente (las Acciones Nuevas Sobrantes).
Durante el Período de Asignación Discrecional, que tendrá una duración máxima de tres (3) días, cualquier persona física o jurídica, sea o no accionista (incluyendo acreedores y accionistas significativos de la Sociedad) y a quien el Consejo de Administración haya ofrecido la suscripción de Acciones Nuevas Sobrantes podrá presentar peticiones de suscripción de Acciones Nuevas. Estas peticiones de suscripción serán firmes e irrevocables.
En el Período de Asignación Discrecional, el Consejo de Administración de la Sociedad otorgará preferencia en la asignación de las Acciones Nuevas a (i) BA PET BV, sociedad holandesa de reciente constitución, que ha manifestado su interés de suscribir 650.000.000 Acciones Nuevas ("BA PET BV"), sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones, (ii) Caixa Geral de Depósitos, Sociedad Anónima, actual accionista de La Seda, que se ha comprometido irrevocablemente a suscribir 250.000.000 Acciones Nuevas, sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones, y (iii) Liquidambar Inversiones Financieras, Sociedad Limitada, actual accionista de La Seda, que se ha comprometido irrevocablemente a suscribir 100.000.000 Acciones Nuevas, sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones. Además de ofrecer las Acciones Nuevas Sobrantes a los anteriores inversores, el Consejo de Administración podrá asimismo ofrecer a su discreción Acciones Nuevas Sobrantes a terceros inversores quienes podrán aceptar o rechazar su ofrecimiento.
Adicionalmente, las Acciones Nuevas Sobrantes serán adjudicadas por el Consejo de Administración entre todas las entidades acreditantes en el Préstamo Sindicado que tiene formalizado la Sociedad en compensación de parte de los créditos que éstas ostentan frente a La Seda de conformidad con las reglas de aplicación del "Scheme of Arrangement" sobre el que se ha informado en el Documento de Registro registrado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 2 de julio de 2010 y la correspondiente Nota sobre las Acciones registrada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 15 de julio de 2010.
La Seda comunicará inmediatamente tras el Período de Asignación Discrecional la asignación definitiva de Acciones Nuevas. La Entidad Agente, a su vez, comunicará inmediatamente esa adjudicación a las correspondientes entidades participantes, que a su vez notificarán por escrito a los adjudicatarios finales la asignación.
5. Entidades ante las que puede tramitarse la suscripción. Para ejercitar los derechos de suscripción preferente y, en su caso, solicitar Acciones Adicionales, los titulares de éstos deberán dirigirse a la entidad participante en Iberclear en cuyo registro contable tengan inscritos los valores, indicando su voluntad de ejercitar dichos derechos. Por su parte, a quien el Consejo de Administración haya ofrecido Acciones Nuevas Sobrantes durante el Período de Asignación Discrecional deberá dirigirse a la Sociedad o a la Entidad Agente y seguir el procedimiento que ésta indique a su efecto.
6. Desembolso. El desembolso íntegro del precio total de emisión de cada Acción Nueva, se realizará en la forma que se indica a continuación:
(i) Período de Suscripción Preferente. El desembolso íntegro del valor de cada una de las Acciones Nuevas suscritas en el Período de Suscripción Preferente por los accionistas y/o los inversores que ejerciten los correspondientes derechos de suscripción preferente se hará efectivo en el mismo momento de la suscripción, a través de las entidades participantes que hayan cursado las correspondientes órdenes de suscripción. Las órdenes de suscripción que no sean desembolsadas en estos términos se tendrán por no efectuadas.
Las entidades participantes ante las que se hayan cursado órdenes de suscripción de Acciones Nuevas abonarán los importes correspondientes al desembolso de éstas a la Entidad Agente, en la forma en que ésta indique en la instrucción operativa que emita al respecto, con fecha valor del mismo día, no más tarde de las once horas del sexto día hábil siguiente a la finalización del Periodo de Suscripción Preferente. El séptimo día hábil bursátil siguiente al de la finalización del Período de Suscripción Preferente y una vez se manifieste por la Sociedad la suscripción completa de la ampliación de capital, sujeto a los términos del Scheme of Arrangement, la Entidad Agente procederá a abonar dichos fondos en la cuenta de la Sociedad al efecto, neto de sus honorarios y de la provisión de fondos necesaria para hacer frente a los gastos derivados del aumento de capital (Iberclear y Bolsas de valores), con fecha valor del mismo día.
Datos oficiales de la AUMENTO DE CAPITAL
LA SEDA DE BARCELONA, SOCIEDAD ANÓNIMA
"LA SEDA DE BARCELONA, SOCIEDAD ANÓNIMA" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2010-23919 publicado el
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20100716
Fecha última actualizacion: 16 julio, 2010
Seccion: 2
Departamento: AUMENTO DE CAPITAL
Numero de anuncio: 57254
ID del anuncio: A100057254
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 25391
Pagina final: 25398
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Publicacion oficial LA SEDA DE BARCELONA, SOCIEDAD ANÓNIMA 135 BORME-C-2010-23919
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