AUMENTO DE CAPITAL de DOMO ACTIVOS SOCIMI, S.A.

AUMENTO DE CAPITAL de DOMO ACTIVOS SOCIMI, S.A. a fecha de 23 julio, 2018

Aumento del capital social mediante aportaciones dinerarias y con derecho de suscripción preferente.


Orden del día: 23 julio, 2018

Aumento del capital social mediante aportaciones dinerarias y con derecho de suscripción preferente.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad DOMO ACTIVOS SOCIMI, S.A. (en adelante, indistintamente, la "Sociedad" o "Domo") en su reunión de fecha 1 de diciembre de 2017 acordó aumentar el capital social de la Sociedad hasta un total de 15.000.000 euros delegando expresamente la facultad de ejecución de dicho aumento de capital en el Consejo de Administración de la Sociedad de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante, el "Aumento de Capital").

En el ejercicio de dicha delegación, el Consejo de Administración de la Sociedad acordó llevar a efecto el Aumento de Capital en su reunión de fecha 27 de marzo de 2018, cuyos términos y condiciones fueron modificados en sus reuniones de fecha 28 de junio de 2018, 10 de julio de 2018 y 19 de julio de 2018 que, por consiguiente son los que se detallan seguidamente:

Importe del aumento y número de acciones a emitir:

El Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias en una cuantía de 5.025.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 2.512.500 acciones ordinarias de 2,00 euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación y que estarán representadas mediante anotaciones en cuenta (en adelante, las "Nuevas Acciones").

Estas acciones se emitirán por su valor nominal más una prima de emisión, tal que resulte del tipo de emisión que se indica más adelante. El valor nominal y la prima de emisión correspondiente a las Nuevas Acciones de la Sociedad que se emitan en ejecución de este acuerdo serán desembolsados íntegramente mediante aportaciones dinerarias.

Las Nuevas Acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones que la Sociedad tiene actualmente en circulación a partir de la fecha en la que la ampliación de capital se declare suscrita y desembolsada.

El tipo de emisión de las Nuevas Acciones emitidas se corresponderá con su valor nominal de 2,00 euros más una prima de emisión del 3% de dicho valor nominal por acción, es decir, el precio de emisión resultante será de 2,06 euros por acción emitida ("Precio de Emisión por Acción").

En total, el aumento de capital será de 5.175.750 euros siendo, 5.025.000 euros de valor nominal y 150.750 euros relativos a prima de emisión global.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 299 de la LSC, se hace constar que las acciones de la Sociedad existentes con anterioridad al aumento de capital se encuentran íntegramente desembolsadas. Asimismo, de conformidad con el artículo 311.1 de la LSC, así como del acuerdo de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de 1 de diciembre de 2017, se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento.

Capital resultante de la ampliación:

De suscribirse íntegramente la ampliación de capital, el capital social de Domo resultante será de 12.060.000 euros, dividido en 6.030.000 acciones de 2 euros de calor nominal cada una de ellas.

Descripción de la fecha de inicio del periodo de suscripción de las acciones de nueva emisión.

El proceso de suscripción de las Nuevas Acciones está estructurado en tres periodos, según se detalla a continuación:

- Periodo de suscripción preferente ("Periodo de Suscripción Preferente");

- Periodo de suscripción preferente adicional para aquellos que hubiesen ejercitado su derecho de suscripción preferente en el Periodo de Suscripción Preferente ("Periodo de Suscripción Adicional");

- Periodo de asignación discrecional ("Periodo de Asignación Discrecional").

Periodo de Suscripción Preferente.

a) Derechos de suscripción preferente.

El aumento de capital será ofrecido a los actuales accionistas de la Sociedad que podrán ejercitar su derecho de suscripción preferente en plazo y forma con el fin de suscribir acciones.

El Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, reconoce el derecho de suscripción preferente a los titulares de las acciones de la Sociedad. Tendrán derecho de suscripción preferente de las Nuevas Acciones, en la proporción de 5 Acciones Nuevas por cada 7 acciones antiguas, los accionistas que hayan adquirido acciones hasta el segundo día hábil siguiente a aquel que se efectúe la publicación del anuncio de la ampliación de capital en el BORME y cuyas operaciones se hayan liquidado en los registros contables de Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. ("Iberclear") hasta el cuarto día hábil siguiente de la mencionada publicación del anuncio (los "Accionistas Legitimados"), quienes podrán, durante el periodo de suscripción preferente, ejercer el derecho a suscribir un número de Nuevas Acciones en proporción al valor nominal de la totalidad de las acciones emitidas en dicha fecha. Asimismo, tendrán derecho de suscripción preferente los inversores que adquieran tales derechos en el mercado en una proporción suficiente para suscribir Nuevas Acciones (los "Inversores").

b) Plazo para el ejercicio de los derechos de suscripción preferente.

En este sentido, se hace constar expresamente que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305.2 de la LSC, el plazo para ejercitar el derecho de suscripción preferente será hasta el 10 de septiembre de 2018 y que este empezará a contarse a partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la ampliación de capital en el BORME.

c) Mercado de derechos de suscripción preferente.

Los accionistas podrán transmitir o ceder sus derechos de suscripción preferente bajo las mismas condiciones que las acciones de las que deriven, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 306.2 de la LSC. En consecuencia, tendrán derecho de suscripción preferente los accionistas que no hubieran transmitido sus derechos de suscripción preferente, "Accionistas Legitimados", y los terceros inversores "Inversores", que adquieran tales derechos en el mercado de una proporción suficiente para suscribir Nuevas Acciones. En cuanto al mercado de derechos de suscripción preferente, se acuerda solicitar la incorporación de los derechos de suscripción preferente al Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Igualmente, solicitará que los mismos sean negociables en el segmento de SOCIMI del MAB a partir del tercer día hábil siguiente a aquel que se efectúe la publicación del anuncio de la ampliación de capital en el BORME, inclusive, y durante el plazo de quince (15) días naturales.

Los titulares de derechos de suscripción preferente que deseen suscribir las Nuevas Acciones en ejercicio de los mismos deberán ser titulares de los derechos de preferencia inscritos a su nombre en el registro contable correspondiente al momento de ejercer el derecho de suscripción preferente o, en su defecto, acreditar la titularidad de éstos mediante la exhibición del documento que acredite de modo suficiente dicha titularidad.

d) Procedimiento para el ejercicio del derecho de suscripción preferente.

Para ejercitar los derechos de suscripción preferente los accionistas e Inversores deberán dirigirse a la entidad participante de Iberclear en cuyo registro contable tengan inscritos los derechos de suscripción preferentes (que en el caso de accionistas será la entidad participada en la que tengan depositadas las acciones que les confieren tales derechos), indicando su voluntad de solicitar la suscripción de Nuevas Acciones. Las órdenes que se cursen respecto del ejercicio del derecho de suscripción preferente, tendrán el carácter de firmes, irrevocables e incondicionales e implicarán la suscripción de las Nuevas Acciones a las que se refieren.

El derecho de suscripción preferente no ejercitado quedará automáticamente extinguido a la finalización del Periodo de Suscripción Preferente.

El desembolso íntegro del Periodo de Suscripción de cada Nueva Acción suscrita durante el Periodo de Suscripción se realizada de acuerdo con lo previsto en el apartado "Desembolso" incluido más adelante.

e) Comunicaciones a la Entidad Agente.



Datos oficiales de la AUMENTO DE CAPITAL

DOMO ACTIVOS SOCIMI, S.A.

"DOMO ACTIVOS SOCIMI, S.A." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2018-6326 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2018-6326
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20180723
Fecha última actualizacion: 23 julio, 2018
Numero BORME 140
Seccion: 2
Departamento: AUMENTO DE CAPITAL
Numero de anuncio: A180048179
ID del anuncio: A180048179
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 7401
Pagina final: 7406



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