Contenidos de la AUMENTO DE CAPITAL BANCO DE SABADELL, SOCIEDAD ANÓNIMA del 20150327
Orden del día: 27 marzo, 2015
Aumento de capital con derecho de suscripción preferente
En cumplimiento del artículo 503 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio ("LSC"), en relación con el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de Banco de Sabadell, S.A. ("Banco Sabadell"), se comunica que el Consejo de Administración de Banco Sabadell, con fecha 19 de marzo de 2015, acordó aumentar el capital social de Banco Sabadell mediante aportaciones dinerarias, con reconocimiento del derecho de suscripción preferente de los accionistas de Banco Sabadell (el "Aumento de Capital"). El referido acuerdo se adoptó en ejercicio de la delegación que le fue conferida por la Junta General Ordinaria de accionistas de Banco Sabadell celebrada el 27 de marzo de 2014 para aumentar el capital social en una o varias veces y en la oportunidad, cuantía, fechas, condiciones y demás circunstancias que estimase convenientes y con el límite del 50% del capital que Banco Sabadell tenía en el momento de la autorización, todo ello con arreglo a lo dispuesto en el artículo 297.1.b) LSC.
A continuación se detallan los términos y condiciones más relevantes del Aumento de Capital:
1. Importe del aumento de capital y acciones a emitir
Con fecha 25 de marzo de 2015, la Comisión Ejecutiva de Banco Sabadell, en uso de las facultades delegadas por el Consejo de Administración, fijó en 1.085.510.925 el número de acciones nuevas a emitir en el Aumento de Capital (las "Acciones Nuevas"), sin perjuicio de la posibilidad de suscripción incompleta. En consecuencia, el Aumento de Capital se efectuará mediante la emisión y puesta en circulación de 1.085.510.925 Acciones Nuevas con un tipo unitario de emisión de 1,480 euros por acción (el "Precio de Suscripción"), equivalente a la suma de su valor nominal de 0,125 euros más una prima de emisión unitaria de 1,355 euros. En caso de suscripción íntegra del Aumento de Capital, su importe total efectivo ascendería a 1.606.556.169 euros, de los que 135.688.865,625 euros corresponderían al valor nominal agregado y 1.470.867.303,375 euros a la prima de emisión agregada.
Las Acciones Nuevas estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable está atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. ("IBERCLEAR") y a sus entidades participantes (las "Entidades Participantes").
2. Destinatarios
El presente Aumento de Capital va destinado a los accionistas de Banco Sabadell –en concreto, a los titulares de acciones de Banco Sabadell que figuren legitimados según los registros contables de IBERCLEAR a las 23:59 horas de Madrid del día de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil ("BORME") -y a aquellos inversores que adquieran con posterioridad a dicha fecha derechos de suscripción preferente-. A tales efectos, Banco Sabadell ha registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") el correspondiente folleto de emisión de conformidad con la normativa de ofertas públicas de suscripción y venta de valores.
3. Derechos de las acciones nuevas
Las Acciones Nuevas serán acciones ordinarias y conferirán a sus titulares, desde el momento en que el Aumento de Capital se declare suscrito y desembolsado por el Consejo de Administración, los mismos derechos que las acciones de Banco Sabadell actualmente en circulación.
4. Colocación y aseguramiento de las acciones nuevas
Banco Sabadell ha suscrito un contrato de aseguramiento (underwriting agreement) con Goldman Sachs International como Coordinador Global y Joint Bookrunner, J.P. Morgan Securities plc como Joint Bookrunner, y Deutsche Bank AG, London Branch y Nomura International plc como Co-Managers (conjuntamente, las "Entidades Aseguradoras"). Asimismo, ha suscrito con Nmás1 Equities Sociedad de Valores, S.A. un contrato de comercialización en relación con el Aumento de Capital, todo ello en los términos y condiciones a que se hace referencia en la nota sobre las acciones que forma parte del folleto informativo sobre el Aumento de Capital (la "Nota sobre las Acciones").
A su vez, Banco Sabadell actúa como colocador y entidad agente del Aumento de Capital (la "Entidad Agente").
5. Períodos de suscripción
5.1 Período de Suscripción Preferente y de solicitud de Acciones Adicionales
5.1.1 Ejercicio de derecho de suscripción preferente
De acuerdo con lo previsto en el artículo 503 LSC, los accionistas preexistentes de Banco Sabadell tendrán derecho preferente a suscribir las Acciones Nuevas. Los derechos de suscripción preferente se asignarán a los accionistas de Banco Sabadell que aparezcan legitimados según los registros contables de IBERCLEAR a las 23:59 horas de Madrid del día de publicación del presente anuncio en el BORME (los "Accionistas Legitimados").
A cada acción preexistente de Banco Sabadell le corresponderá un derecho de suscripción preferente. Serán necesarios once (11) derechos de suscripción preferente para suscribir tres (3) Acciones Nuevas.
De conformidad con el artículo 306.2 de la LSC, los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan y serán negociables en las Bolsas de Valores de Barcelona, Bilbao, Madrid y Valencia a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo).
El período de suscripción preferente tendrá una duración de veintiún (21) días naturales, dando comienzo el día hábil bursátil siguiente al de la publicación de este anuncio y finalizando el 17 de abril de 2015 (el "Período de Suscripción Preferente"). Este período no es prorrogable.
Los Accionistas Legitimados que no hubieran transmitido la totalidad de sus derechos de suscripción preferente podrán ejercitarlos durante el Período de Suscripción Preferente. Asimismo, otros inversores distintos a los Accionistas Legitimados (los "Inversores") podrán adquirir en el mercado derechos de suscripción preferente, lo cual les permitirá, si los adquieren en la proporción necesaria y los ejercitan dentro del Período de Suscripción Preferente, suscribir Acciones Nuevas.
Para ejercitar los derechos de suscripción preferente los Accionistas Legitimados y los Inversores podrán dirigirse a una oficina de Banco Sabadell o a la Entidad Participante en cuyo registro contable tengan inscritos los derechos de suscripción preferente (que en el caso de los Accionistas Legitimados será aquella Entidad Participante en la que tengan depositadas las acciones preexistentes de las que dimanan dichos derechos), indicando su voluntad de ejercitar sus derechos de suscripción preferente. Alternativamente, aquellos Accionistas Legitimados y/o Inversores que tengan depositados sus derechos de suscripción con Banco Sabadell podrán cursar sus órdenes de suscripción a través del servicio BS online:
- https://www.bancsabadell.com
- https://www.sabadellcam.com
- https://www.sabadellurquijo.com
- https://www.activobank.com
Las órdenes que se cursen en el ejercicio de derechos de suscripción preferente se entenderán formalizadas de manera firme, incondicional e irrevocable y conllevan la suscripción de las Acciones Nuevas a las que van referidas.
5.1.2 Suscripción de Acciones Adicionales
Durante el Período de Suscripción Preferente, los Accionistas Legitimados e Inversores que ejerciten la totalidad de sus derechos de suscripción preferente podrán, adicionalmente y de manera firme, incondicional e irrevocable, solicitar simultáneamente la suscripción de Acciones Adicionales para el supuesto de que al término del Período de Suscripción Preferente quedaran Acciones Nuevas no suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente (las "Acciones Sobrantes") y, en consecuencia, no se hubiera cubierto en primera vuelta el importe máximo del Aumento de Capital susceptible de suscripción. En todo caso, para que un Accionista Legitimado o un Inversor pueda solicitar Acciones Adicionales, éste deberá ejercitar la totalidad de los derechos de suscripción preferente que tenga depositados en la Entidad Participante ante la que solicite Acciones Adicionales, lo cual habrá de ser verificado por ésta.
Las órdenes basadas en la solicitud de Acciones Adicionales, que deberán formularse por un importe determinado, sin que haya límite cuantitativo, se harán de manera firme, incondicional e irrevocable, ello sin perjuicio de que puedan no ser atendidas en su totalidad, en aplicación de las reglas de asignación de Acciones Sobrantes previstas en la Nota sobre las Acciones que ha sido inscrita en los registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
5.2 Período de Asignación de Acciones Adicionales
Datos oficiales de la AUMENTO DE CAPITAL
BANCO DE SABADELL, SOCIEDAD ANÓNIMA
"BANCO DE SABADELL, SOCIEDAD ANÓNIMA" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2015-1668 publicado el
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: